| |
May 10, 2008 Dos años de desequilibrio patrimonial en el Caso Afinsa y Forum
Cuando se cumplen 2 años de que saltara la mayor estafa ocurrida en la historia económica española, puede ser momento de un pequeño análisis financiero de este escándalo de los sellos que ha afectado a más de 400.000 ahorradores y que ha generado un desequilibrio patrimonial de más de 6.000 millones de euros, es decir, un billón de las antiguas pesetas. Según el Informe Concursal de Afinsa, existen diferencias significativas entre los valores netos contables según Afinsa y según la Administración Concursal. La principal diferencia que justifica la divergencia en el total del activo (2.588 millones de euros o 613 millones de euros, respectivamente) se basa en la valoración asignada a las existencias, a los sellos. Son más de 200 toneladas de sellos almacenados en 22.000 cajas que la empresa filatélica valora en unos 2.245 millones de euros, que los administradores concursales han reducido a unos 259 millones de euros. Los clientes de Afinsa invirtieron unos 2.403 millones de euros, que deberían estar respaldados por dichos sellos, más inversiones financieras temporales, tesorería y otras inversiones, donde no hay gran discrepancia entre las dos valoraciones, pero el desequilibro supone el 90% de lo invertido por los ahorradores, y que debería ser el principal pasivo exigible de las compañías. Sin embargo, la valoración de los sellos ha dificultado incluso su traslado para la evaluación de los técnicos de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre, por motivo del contrato de aseguramiento que debe cubrir los riesgos de pérdida o deterioro de los sellos. Otra controversia abierta se refiere a la deuda que la Hacienda pública tiene con Afinsa. En este caso, la administración concursal cifra este importe en unos 150 millones de euros, unos 85 millones de euros por Impuesto de Sociedades abonado indebidamente y entre 60 y 70 millones de euros por IVA. Afinsa no tiene reconocidas estas deudas al considerar que operaba como una empresa de carácter mercantil (criterio respaldado por la CNMV) mientras que para la Agencia Tributaria y la administración concursal la operativa era financiera, por lo que no debería haber tributado por dichos impuestos. Esta potencial devolución, que está bloqueada por el proceso penal, supondría el 20% del valor de liquidación de los activos que podría entregarse a los clientes de la compañía filatélica. En el debate sobre el carácter mercantil o financiero de la operativa de estas empresas filatélicas subyace que este tipo de negocio se ha basado en unos contratos de compra-venta de sellos con pacto de recompra a un precio superior que implicaba una garantía de revalorización de los sellos que no se va a poder cumplir. En el fondo, no se ha reflejado oportunamente el valor razonable de los activos y de los pasivos exigibles de la empresa. En esta línea, el ICAC expedientó a los auditores por no exigir a Afinsa y Forum que reflejaran en sus cuentas anuales los compromisos de recompra de los sellos. El Nuevo Plan General Contable (PGC), con su Norma de Registro y Valoración 9ª sobre Instrumentos Financieros ayudará a mejorar el tratamiento contable de estas operaciones, al igual que la reciente reforma de la Ley de Bienes Tangibles que obliga a las entidades de este tipo a contar con activos que aseguren sus compromisos, y que estos compromisos se firmen ante notario. Sin embargo, para el caso que nos ocupa, estas nuevas normas han llegado tarde. Tras la intervención judicial de Afinsa y Forum Filatélico hace 2 años suspendiendo sus actividades, se han abierto 4 procedimientos judiciales, 2 penales y 2 mercantiles, y no se descarta que se añadan otros 2 procesos contencioso-administrativos. Al margen de las instituciones judiciales, una serie de organismos del Estado como Ministerio de Economía y Hacienda, CNMV, Banco de España se han visto afectados ante el descuido de la obligación de regular y controlar este negocio, llegándose a plantear la responsabilidad civil y patrimonial del Estado. Si se suma el impacto negativo de la huelga de los funcionarios de justicia al proceso ordinario de recursos, impugnaciones, apelaciones…, distintos expertos estiman que el proceso podría alargarse aún 6 u 8 años, empezando por más de 1 año para que se resuelvan las investigaciones en marcha, y teniendo que resolverlo finalmente el Tribunal Supremo. Por el bien de unos y otros, sería necesario un mejor funcionamiento administrativo y judicial, que se agilizase el proceso concursal y que la liquidación permitiese devolver a los afectados la parte que al menos les corresponda, aunque sólo sea el 10% de lo invertido y que se puedan compensar fiscalemente las pérdidas o minusvalías, ya que serán los verdaderos perjudicados del desequilibrio patrimonial. Posted on 10 May 2008 Trackback PingsTrackBack URL for this entry: CommentsPost a comment |
© Instituto de Empresa Business School 2006 | |